Orientación Educativa y Pedagógica

12-09-2023

Intensificación Trayectorias educativas

RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA Nº 3605-DGCYE-2023

LA PLATA, BUENOS AIRES, jueves 31 de agosto de 2023

VISTO el EX-2023-25647980-GDEBA-SDCADDGCYE, a través del cual se tramita un nuevo período de implementación PROGRAMA ESPECIAL DE INTENSIFICACIÓN Y ARTICULACIÓN DE TRAYECTORIAS EDUCATIVAS ENTRE EL NIVEL INICIAL Y PRIMARIO, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución N° 2905/21 de la Dirección General de Cultura y Educación se creó el PROGRAMA PARA LA INTENSIFICACIÓN DE LA ENSEÑANZA “+ATR” encuadrado en los términos del artículo 168 inciso a) del Estatuto del Docente, aprobado por la Ley N° 10.579, con el objetivo de generar desde el 1° de Septiembre de 2021 hasta el 31 de Marzo de 2022, nuevas acciones para la continuidad pedagógica y el fortalecimiento de las trayectorias educativas de niñas, niños y adolescentes que requieren una enseñanza intensificada que garanticen los aprendizajes previstos en el Curriculum Prioritario;

Que posteriormente, a través de la Resolución N° 446/22 de la Dirección General de Cultura y Educación, se propuso la incorporación de maestros y maestras talleristas con módulos FORTE para el desarrollo de talleres de alfabetización inicial para niñas y niños que estén cursando la sala de 5 años en jardines de infantes de gestión estatal y que, en la sala de 4 años, presentaron una asistencia intermitente o mostraron una baja apropiación de los contenidos (de acuerdo al Relevamiento de Trayectorias -RITE- de diciembre de 2021);

Que para complementar las acciones desarrolladas se implementaron acciones de intensificación de la enseñanza asignándose a docentes con MÓDULOS PRESENCIALES DE FORTALECIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS

EDUCATIVAS (MÓDULOS PRESENCIALES FORTE) de acuerdo a lo establecido en los artículos 4°, 9°, 10°, 11° y 12° de la Resolución N° 417/21 y de los artículos 13°, 14°, 15° de la Resolución N° 2905/21 de la Dirección General de Cultura y Educación;

Que, con el objetivo de ampliar la cobertura de docentes fortalecedores en el marco del PROGRAMA PARA LA

INTENSIFICACIÓN DE LA ENSEÑANZA “+ATR”, por Resolución N° 3206/21 se estableció la apertura de una nueva inscripción para docentes jubilados sin desempeños activos en los niveles inicial, primario o secundario;

Que el Programa “+ATR” en el nivel inicial, llevado a cabo durante los meses de mayo y junio del 2022 (Resolución 446/22), presentó un aspecto clave e inédito para el nivel con la incorporación de maestras y maestros talleristas con Módulos Presenciales FORTE que desarrollaron talleres de alfabetización inicial y a partir de su implementación se generaron en las instituciones espacios de articulación inter e intra institucional con el claro propósito de intensificar la enseñanza de las prácticas de lectura, escritura y oralidad y dar mayor continuidad a la asistencia de las niñas y los niños;

Que las evaluaciones de la experiencia transitada en el Programa +ATR con la implementación de talleres de alfabetización en el nivel inicial iniciados en el año 2022, posibilitó la construcción de una didáctica multidimensional potenciada por el trabajo en parejas pedagógicas la cual tuvo un impacto y un efecto educativo valioso, generando movimientos significativos en las instituciones y en los aprendizajes de niñas y niños;

Que durante el año 2022 por medio de la RESOC-2022-2142-GDEBA-DGCYE se creó el PROGRAMA ESPECIAL DE INTENSIFICACIÓN Y ARTICULACIÓN DE TRAYECTORIAS EDUCATIVAS ENTRE EL NIVEL INICIAL Y PRIMARIO, con

el objetivo de generar propuestas pedagógicas articuladas para la intensificación de las prácticas de lectura, escritura y matemática, desde una perspectiva intercultural y de género que estreche lazos con las familias, amplíe derechos y garantice las oportunidades de enseñanza para aquellas/os niñas y niños que durante los años 2020 y 2021 vieron afectadas sus trayectorias educativas por el contexto de la pandemia del COVID-19;

Que los talleres desarrollados fueron un dispositivo institucional, que abonó a la mejora de las prácticas educativas, a la adquisición de nuevos aprendizajes, a la continuidad en la asistencia de niñas y niños y a compartir experiencias enriquecedoras entre instituciones, docentes y familias;

Que el Relevamiento Institucional de Trayectorias Educativas que releva el aprendizaje de contenido de las y los alumnos en relación a una serie de temas relevantes definidos por la Dirección Provincial de Nivel Inicial, mostró, entre diciembre de 2021 y diciembre de 2022, una mejora en la adquisición de contenidos en todos los temas y en todas las salas, pero este avance presentó mayor intensidad en aquellas instituciones en las que se llevaron a cabo los talleres de alfabetización inicial;

Que en esta línea resultaría valioso capitalizar la experiencia adquirida a partir del trabajo en talleres, pensándola en términos de continuidad, impulsando las propuestas construidas y generando una oportunidad de enriquecer la propuesta educativa institucional desde un diálogo que reconozca la diversidad cultural en la construcción de un proyecto educativo de articulación entre niveles que respete las identidades;

Que en el marco de la líneas de trabajo de la Dirección Provincial de Educación inicial, se propone dar continuidad al fortalecimiento pedagógico de las instituciones educativas, a partir de generar propuestas que articulen las Líneas de Acción sobre la intensificación de la enseñanza y los aprendizajes en torno a las Prácticas de lectura y escritura, Matemática, Literatura y Educación Visual desde una perspectiva intercultural y de inclusión que estreche lazos con las familias y renueve oportunidades de enseñanza en clave de derecho;

Que, a los efectos de alcanzar los objetivos propuestos en el marco del Programa antes mencionado, es necesario profundizar las acciones durante los meses de septiembre a noviembre, con el propósito de dar continuidad y ampliar los modos de acompañamiento a niñas y niños con la implementación de Talleres de Alfabetización Inicial;

Que la experiencia busca fortalecer las prácticas pedagógicas institucionales a partir de promover prácticas de enseñanzas articuladas que favorezcan en niñas y niños mejores aprendizajes que les permitan garantizar trayectorias escolares sostenidas en el tiempo;

Que las medidas de revinculación pedagógica receptan los principios y las obligaciones establecidas  en los artículos 3, 4 y 5 de la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ley Provincial N° 13.298 de la Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños; Que previo al dictado de la Resolución RESOC-2022-2142-GDEBA-DGCYE han tomado la intervención de su competencia el Ministerio de Hacienda y Finanzas, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que el Consejo General de Cultura y Educación aprobó el despacho de la Comisión de Programas y Proyectos Educativos en Sesión de fecha de 31 de agosto de 2023 y aconseja el dictado del presente acto resolutivo;

Que la presente resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 69 incisos a), e), k), n) e y) de la Ley N° 13.688, sus normas complementarias y modificatorias;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN RESUELVE

ARTÍCULO 1°. Establecer un nuevo período del PROGRAMA ESPECIAL DE INTENSIFICACIÓN Y ARTICULACIÓN DE TRAYECTORIAS EDUCATIVAS ENTRE EL NIVEL INICIAL Y PRIMARIO en la sala de 5 años, con el objetivo de generar propuestas pedagógicas articuladas para la intensificación de las prácticas de lectura, escritura, matemática y educación visual, desde una perspectiva intercultural y de género que estreche lazos con las familias, amplíe derechos y garantice las oportunidades para aquellas/os niñas y niños que requieren una enseñanza intensificada que garanticen los aprendizajes previstos en el Diseño Curricular.

ARTÍCULO 2°. Determinar que el mencionado Programa se desarrollará desde el 4 de septiembre y hasta el 30 de noviembre de 2023 para niñas y niños de 5 años cuyos jardines tengan módulos presenciales FORTE asignados para implementar la propuesta pedagógica que como Anexo I en IF- 2023-36100783-GDEBA-SSEDGCYE, que consta de tres (3) páginas y forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°. Disponer que el presente Programa será de implementación en las escuelas de nivel inicial de gestión estatal de acuerdo a los alcances establecidos en el IF-2023-36097701-GDEBA- SSPDGCYE, que consta de una (1) página y se incorpora como ANEXO II a la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°. Determinar que los Talleres en el marco del Programa se desarrollarán dentro del ámbito y horario institucional, en el mismo turno de la/s sección/es participante/s o a contraturno.

ARTÍCULO 5°. Determinar que la asignación de los módulos a cargo de maestras y maestros se realizará conforme al procedimiento detallado en el IF-2022-8962401-GDEBA-SSEDGCYE de la RESOC 446/22 y el IF-2023-36097726- GDEBASSPDGCYE, que consta de tres (3) páginas y que como Anexo III forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°. Establecer que el presente programa será de aplicación en los establecimientos educativos de gestión estatal de nivel Inicial y en los Jardines de Infante de Carácter Comunitario.

ARTÍCULO 7°. Autorizar a la Subsecretaría de Educación, la Subsecretaría de Planeamiento, la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos y a la Dirección Provincial de Educación Inicial a dictar las normas pedagógicas y administrativas complementarias en el ámbito de sus competencias.

ARTÍCULO 8º. Disponer que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los recursos asignados a la Dirección General de Cultura y Educación, conforme a la Ley N° 15394 - Presupuesto General Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 9º. Establecer que la presente Resolución será refrendada por el Vicepresidente 1° del Consejo General, el Subsecretario de Planeamiento, el Subsecretario de Administración y Recursos Humanos, y la Subsecretaria de Educación de este organismo.

ARTÍCULO 10. Registrar la presente Resolución en la Dirección de Coordinación Administrativa. Notificar al Consejo General de Cultura y Educación, a la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos, a la

Subsecretaría de Planeamiento, a la Subsecretaría de Educación y a la Dirección Provincial de Educación Inicial. Notificar al Fiscal de Estado. Publicar, dar al Boletín Oficial e incorporar al Sistema de Información Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA). Cumplido, archivar.

Silvio Maffeo, Vicepresidente 1°; Diego Born, Subsecretario; Diego Hernán Turkenich, Subsecretario; Claudia Cristina Bracchi, Subsecretaria; Alberto Estanislao Sileoni, Director

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